LA JURISPRUDENCIA SOBRE CONTRATOS INFORMATICOS

 

No obstante la novedad y dificultad técnica implícita en las decisiones judiciales sobre contratos informáticos se han ido formando diversas reglas o criterios jurisprudenciales. De esta manera, se ha elaborado una teoría sobre la naturaleza de la obligación del prestatario informático, la misma que llega a asimilar dicha obligación en una categoría parecida a los Contratos de "Know How", señalando como su carácter específico la obligación de asesoría técnica antes que la simple obligación de información.

Esta situación se impuso al considerarse que la obligación en materia de informática se asimilaba a la obligación de resultado, por la cual surge la responsabilidad del prestatario cuando no se consigue el resultado propuesto.

En cuanto a la responsabilidad por vicios ocultos, se ha considerado que no puede exigírsela totalmente, debido a que la tecnología electrónica permite detectar y reparar aun antes de la comercialización los materiales defectuosos, lo cual es diferente cuando se trata de aparatos electromecánicos.

 

REGRESAR A LA PAGINA PRINCIPAL